Micelio
Auto21 de junio de 2023

A- de 2023

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Jorge Mario Carreño Arango·Demandado Superintendencia De Sociedades

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia En Tutela Por Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar escogido por el demandante
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Los únicos factores de competencia en materia de tutela son el territorial, el subjetivo y el funcional
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia en materia de tutela suscitado entre la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y el Juzgado Veinte Administrativo del Circuito de Medellín.

Luego de analizar los argumentos formulados por los dos despachos para señalar que no eran competentes para resolver la solicitud de amparo, la Corte dio prevalencia a la elección que hizo el accionante a prevención y, de esa manera, dispuso que la autoridad que debía tramitar la acción de tutela era el Juzgado Veinte Administrativo del Circuito de Medellín a donde remitió el expediente para que, manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Al otro operador jurídico involucrado le hizo una advertencia para que se abstenga de hacer referencia a normas de reparto para declarar su falta de competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (26 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto proferido el 19 de abril de 2023 por el Juzgado Veinte Administrativo del Circuito de Medellín, en el marco del trámite de la acción de tutela promovida por el señor Jorge Mario Carreño Arango.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4405 al Juzgado Veinte Administrativo del Circuito de Medellín para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
  3. Tercero. ADVERTIR a la Sala Cuarta de Decisión Civil del Tribunal Superior de Medellín para que se abstenga de hacer referencia a normas de reparto para declarar su falta de competencia.
  4. Cuarto. Por la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a las partes y a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y a la Sala Cuarta de Decisión Civil del Tribunal Superior de Medellín.
  5. Notifíquese y cúmplase,
  6. DIANA FAJARDO RIVERA
  7. Magistrada
  8. Ausente con excusa
  9. NATALIA ÁNGEL CABO
  10. Magistrada
  11. JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
  12. Magistrado
  13. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  14. Magistrado
  15. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  16. Magistrado
  17. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  18. Magistrado
  19. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  20. Magistrada
  21. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  22. Magistrada
  23. JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
  24. Magistrado
  25. Ausente con permiso
  26. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.